Aprobada por unanimidad la "Moción para aprobar la iniciativa legislativa Popular (ILP), para la modificación de la Ley de Aguas.

DON JUAN CEFERINO ROS LUCAS, SECRETARIO ACCIDENTAL DEL M.I. AYUNTAMIENTO DE MAZARRÓN (MURCIA).
CERTIFICO: Que El Ayuntamiento Pleno en su sesión del día 29 de julio de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:
11. SECRETARÍA.
Referencia: 2025/7127S.
Moción del Grupo Municipal UIDM, para apoyar la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para la modificación de la Ley de aguas, con RGE nº 22082.
“D. Jorge Durán González, Portavoz del Grupo Municipal Unión Independiente de Mazarrón, de conformidad con lo previsto en el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y el Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de Mazarrón, somete a consideración del Pleno la siguiente:
MOCIÓN PARA APOYAR LA INICIATIVA LEGISLATIVA POPULAR (ILP) PARA LA MODIFICACIÓN DE LA LEY DE AGUAS.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) de octubre de 2024 provocó numerosas víctimas, desaparecidos y daños personales y materiales, especialmente en la provincia de Valencia, aunque también en otros puntos de la Comunidad Valenciana, Andalucía y Castilla-La Mancha. Se evidenció que, con una mejor planificación y mantenimiento de infraestructuras hidráulicas, muchos de estos daños podrían haberse evitado. Se detectaron unas carencias derivadas de la falta de actuación:
- Falta de protección en zonas
- Mantenimiento insuficiente de cauces, barrancos e infraestructuras hidráulicas.
- Deficiencias en la ordenación del
- Protocolos de emergencia poco
Además, España es uno de los países de la Unión Europea con mayor superficie bajo estrés hídrico severo. El clima mediterráneo, presente en el 80% del país, lo hace especialmente vulnerable a las sequías, cuyos impactos sociales y económicos pueden frenar el desarrollo nacional.
El Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) de la ONU indica que el cambio climático provocará que las inundaciones y sequías sean más intensas y destructivas en el futuro.
El sector del agua en España sufre desde hace años una falta de inversión, estimada por los expertos en más de 22.000 millones de euros, especialmente para combatir inundaciones y sequías.
Además, hay una gran necesidad de renovar las infraestructuras del ciclo urbano del agua, responsabilidad de las entidades locales.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD) cifra en 22.844 millones de euros las actuaciones previstas en los planes hidrológicos 2022-2027.
Una cantidad similar fue planificada en el periodo 2016-2021, pero solo se ejecutó una cuarta parte.
La actual Ley de Aguas (Real Decreto Legislativo 1/2001) no recoge adecuadamente los principios que deben guiar la gestión del agua frente a riesgos naturales como inundaciones o sequías. En particular, se detectan dos limitaciones objetivas:
- Carece de un enfoque en prevención y preparación frente a desastres
- No prioriza la protección de la vida humana: se enfoca en el medio ambiente y el dominio público, pero no en las personas o el patrimonio.
El pasado 25 de marzo del 2025 un grupo de profesionales apolíticos de la sociedad civil conformado por José Luis Belmonte Puig, promotor e impulsor de la ILP; Miguel Ángel Carrillo Suárez, presidente del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de España; Ester Mocholí Ferrándiz, diputada del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid; y Rafael Ariño Sánchez, abogado experto en Derecho Público y Administrativo, presentaron una Iniciativa Legislativa Popular (ILP) para la reforma del artículo 14 de la Ley de Aguas (texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio) ante el Congreso de los Diputados. Una vez aprobado la tramitación pertinente, disponen hasta el 26 de febrero del 2026 para presentar un mínimo de 500.000 firmas válidas para que la iniciativa entre en las Cortes Generales.
Esta iniciativa pretende incorporar como principios rectores de gestión en materia de aguas la protección de la vida, la integridad y la salud humanas, de las poblaciones, del patrimonio cultural y de la actividad económica, de forma que contemple la seguridad hídrica e inversión suficiente para la prevención y mitigación de los riesgos naturales, por inundaciones o sequía.
También se propone incorporar el principio de profesionalidad, capacidad e idoneidad técnica de los cargos de la administración pública del agua y de los puestos técnicos de ésta. Los profesionales con cualificación técnica son los que deben asumir las tareas de planificación, control y seguimiento hidrológico, así como la ordenación del territorio y el urbanismo, con el objetivo de minimizar el impacto de estos sucesos extremos futuros. Es imprescindible que este personal con la capacidad técnica suficiente ocupe los puestos de decisión, primando, especialmente en el ámbito hidrográfico, las decisiones técnicas sobre las decisiones políticas.
El reconocimiento legal de estos principios permitirá trasladarlos a la gestión ordinaria del agua y contribuirá directamente a bienestar y la seguridad de la población frente a fenómenos cada vez más frecuentes y extremos.
Entendemos que es fundamental la toma de decisiones y una adecuada y efectiva planificación de las obras hidráulicas en España que nos preparen y protejan ante futuros episodios similares a la fatídica DANA ocurrida en Valencia el pasado 29 de octubre del 2024, donde la protección de las vidas humanas ha de ser eje nuclear.
Nuestro municipio también sufre daños cuantiosos cada vez que se producen estos fenómenos atmosféricos. Es por ello que hemos solicitado a la Comunidad Autónoma tramitar con urgencia las obras contempladas dentro del II Plan de Saneamiento y Depuración y a la CHS a incluir dentro del Plan Hidrológico de la demarcación hidrográfica del segura la construcción de las presas en la rambla del Reventón y las Moreras, realizar el desvío de la rambla de los Aznares, encauzar la Rambla Grande y la Rambla de la Cruz del Muerto para evitar inundaciones en Bahía, así como el arreglo del cauce de la desembocadura de la rambla de las Moreras.
Por lo expuesto anteriormente, se eleva a El Ayuntamiento Pleno, previo dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo, Transporte, Turismo, Servicios del Litoral, Agricultura, Pesca, Desarrollo Rural, Medioambiente y Servicios, el siguiente ACUERDO:
PRIMERO: Mostrar el apoyo del Ayuntamiento de Mazarrón a la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) que pretende la reforma del artículo 14 de la Ley de Aguas (texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio).
SEGUNDO: Habilitar en edificios del Ayuntamiento de Mazarrón puntos para la recogida de firmas de esta ILP.
TERCERO: Publicitar a través de los medios de comunicación y las redes sociales del Ayuntamiento de Mazarrón este apoyo, dando la información precisa a la ciudadanía sobre la repercusión de esta iniciativa, puntos de firma presencial y horarios, compartiendo además la página web donde pueden firmar a través del certificado digital.
CUARTO: Notificar el presente acuerdo a los promotores de la ILP para la modificación de la ley de aguas, a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y al Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de España.
ANEXO I
REFORMA LEGISLATIVA PROPUESTA
(Artículo 14 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio) ARTÍCULO 14. Texto Vigente.
“Artículo 14. Principios rectores de la gestión en materia de aguas.
El ejercicio de las funciones del Estado, en materia de aguas, se someterá a los siguientes principios:
- º Unidad de gestión, tratamiento integral, economía del agua, desconcentración, descentralización, coordinación, eficacia y participación de los usuarios.
- º Respeto a la unidad de la cuenca hidrográfica, de los sistemas hidráulicos y del ciclo hidrológico.
- º Compatibilidad de la gestión pública del agua con la ordenación del territorio, la conservación y protección del medio ambiente y la restauración de la naturaleza”.
ARTÍCULO 14. Texto propuesto.
“Artículo 14. Principios rectores de la gestión en materia de aguas.
El ejercicio de las funciones del Estado, en materia de aguas, se someterá a los siguientes principios:
- º Unidad de gestión, tratamiento integral, economía del agua, desconcentración, descentralización, coordinación, eficacia y participación de los usuarios.
- º Respeto a la unidad de la cuenca hidrográfica, de los sistemas hidráulicos y del ciclo hidrológico.
3º Inversión suficiente para la mitigación de los riesgos naturales, por inundaciones o sequía.
4º Profesionalidad, capacidad e idoneidad técnica de los cargos de la administración pública del agua y de los puestos técnicos de ésta.
5.º Compatibilidad de la gestión pública del agua con la ordenación del territorio, la protección de la vida e integridad humana, la conservación y protección del medio ambiente y la restauración de la naturaleza”.-
Sometida la moción a votación es aprobada por unanimidad de los miembros presentes, adoptándose los acuerdos en ella contenidos.
Y para que conste, extiendo la presente a resultas de la aprobación del acta correspondiente, de conformidad con lo establecido en el art. 206 del ROFRJ de las Entidades Locales, aprobado por RD 2568/1986, con el visto bueno del Sr. Alcalde- Presidente, en Mazarrón a la fecha de la firma digital.
Visto bueno
Firmado digitalmente por D. Ginés Campillo Méndez Alcalde- Presidente del M.I. Ayuntamiento de Mazarrón, a 31 de julio de 2025.