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Prohibidas las hogueras en la playa en la noche de San Juan

En el resto del municipio se podrán realizar hogueras, previa solicitud a la Alcaldía-Presidencia en el Registro General del MI Ayuntamiento, hasta las 14 horas del martes 23 de junio

 

El alcalde-presidente del Ayuntamiento de Mazarrón ha emitido un bando en relación con la festividad de San Juan, noche del 23 al 24 de junio de 2020, en el que se disponen las siguientes medidas y normas de obligado cumplimiento:
 
Medidas de protección e higiene, por situación de alerta sanitaria:
▪️ Se deben evitar aglomeraciones, manteniendo una distancia de seguridad de al menos metro y medio, tanto en el agua como en la superficie seca. Esta distancia no habrá de guardarse entre miembros de una misma unidad de convivencia.
▪️ Lavarse regularmente las manos con agua y jabón.
▪️ En caso de no poder asegurar el mantenimiento de la distancia interpersonal, habrá que utilizar mascarilla, atendiendo en todo caso a la normativa aplicable y sus posibles modificaciones.
 
Prohibiciones por razones de seguridad, según la ordenanza municipal de aprovechamiento y uso de playas del Ayuntamiento de Mazarrón, publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, número 56, de fecha 18/01/2008:
▪️Artículo 24.- Queda prohibido en todas las playas el estacionamiento y la circulación de vehículos de cualquier tipo, ya sea de dos, cuatro o más ruedas, o por tracción mecánica o animal. En tal sentido, queda prohibida la circulación de animales que, por sus características, puedan perjudicar la salud o seguridad de los bañistas.
▪️Artículo 28.- Queda terminantemente prohibido hacer hogueras en la playa, así como el uso de barbacoas.
(Incluidas las servidumbres de paso o el deslinde marítimo-terrestre del municipio de Mazarrón).
▪️ Artículo 29.- No se permitirá el uso de aparatos sonoros o instrumentos musicales cuando por su volumen de sonoridad causen molestias a los demás usuarios de las playas o zonas de baño, siendo de aplicación en este caso las normas particulares relativas a la protección de la atmósfera ante la contaminación por ruidos y vibraciones aprobadas por el Ayuntamiento.
 
En los casos de incumplimiento de las prescripciones establecidas en el presente bando, se estará a lo dispuesto en el artículo 46.B de la ordenanza municipal de aprovechamiento y uso de playas del Ayuntamiento de Mazarrón, publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, número 56, de fecha 18/01/2008, y su correspondiente procedimiento sancionador.
 
En el resto del municipio se podrán realizar hogueras, previa solicitud a la Alcaldía-Presidencia en el Registro General del MI Ayuntamiento, hasta las 14 hora del martes 23 de junio, teniendo en cuenta que la ubicación de la misma deberá guardar una distancia mínima de 50 metros a cualquier edificación, arbolado o línea eléctrica, así como el disponer de una toma de agua en prevención de cualquier incidente.
Prohibidas las hogueras en la playa en la noche de San Juan
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