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Subvención concedida a 69 alumnos en Mazarrón

El Gobierno Regional decreta una subvención de concesión directa a 69 alumnos de Mazarrón para garantizar el derecho básico de alimentación por cierre de los centros educativos a consecuencia del COVID-19


El mencionado Real Decreto-ley, en su Capítulo II se centra en las Medidas de apoyo a las familias y específicamente en garantizar el derecho básico de alimentación de niños y niñas en situación de vulnerabilidad afectados por el cierre de los centros educativos,

Este decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones, mediante Orden de la Consejería de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social a todos los Ayuntamientos de la Región de Murcia que tienen alumnos con comedor escolar becado por la Consejería de Educación y Cultura.

La finalidad de las subvenciones es la financiación de actuaciones de apoyo a las familias e infancia, realizadas por los Ayuntamientos a los que se refiere el apartado anterior, dirigidas a garantizar el Derecho básico de alimentación de niños y niñas en situación de vulnerabilidad que se encuentran afectados por el cierre de centros educativos.

Las subvenciones reguladas en este decreto tienen carácter singular, dado que los ayuntamientos son las entidades competentes para la gestión de ayudas económicas o la prestación directa de distribución de alimentos a las familias de los niños y niñas beneficiarios de una beca o ayuda de comedor durante el curso escolar que se encuentren afectados por el cierre de centros educativos por el estado de alarma, así como para la atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 8.2 del Real Decreto-ley 7/2020, de 12 de marzo, y el artículo 25.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, por lo que se autoriza la concesión directa de las mismas en aplicación de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 23 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, por concurrir razones de interés público y social así como ausencia de concurrencia desde el punto de vista subjetivo.

La cuantía máxima de las subvenciones será de 5,12 € por menor y día hábil, resultando una cuantía total de 428.149,76 € para el periodo de los 17 primeros días hábiles afectados por la suspensión temporal de la actividad educativa presencial, establecida por la Orden conjunta de 13 de marzo de 2020 de las Consejerías de Salud, de Educación y Cultura y de Empleo, Investigación y Universidades así como por la prórroga del estado de alarma. Las cuantías se abonarán con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia; la financiación aludida no se realiza con cargo a fondos de la Unión Europea.

Sin perjuicio de la cuantía señalada en el apartado precedente para los 17 primeros días hábiles afectados por la suspensión, si se alargase el periodo de suspensión de la actividad escolar presencial y, en consecuencia, se ampliase la financiación estatal, se autoriza a la Consejera de Mujer, Igualdad, LGTBI, Familias y Política Social a que mediante Orden establezca la ampliación necesaria de la cuantía establecida en el apartado primero de este artículo así como proceda a su concesión, siguiendo los mismos criterios de distribución entre los Ayuntamientos de la Región establecidos en el presente decreto.

El Ayuntamiento de Mazarrón recibirá una cuantía maxima de 6005,76 €, para los 69 alumnos becados.

 

Subvención concedida a 69 alumnos en Mazarrón
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